24 de enero de 2015
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El gobierno del PP ha legalizado en solitario la cadena perpetua en el nuevo Código Penal, el más duro de la democracia. La cadena perpetua, bajo la forma de “trabajos perpetuos”, estuvo en vigor en España desde 1822 hasta 1928, cuando sí había pena de muerte. En 1848, se cambiaron los trabajos forzados por una cadena al tobillo pendiente de la cintura o asida a otro penado, día y noche. Estas condenas se cumplían en África, Canarias o en ultramar sin posibilidad de trato con sus familias. Es un retroceso en el tiempo que nos pone ante la más grande condena que precede a la inhumana pena de muerte, erradicada en España desde el advenimiento de la democracia. Pero la pena de cadena perpetua supone un desprecio de los derechos humanos y un atentado contra nuestra Constitución. Ésta establece, en su artículo 25.2, que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. El Gobierno intenta salvar su posible inconstitucionalidad al hacer revisable la pena al cabo de 25 o 35 años. En todos los Centros penitenciarios de España figura, a la entrada, ese artículo completo que hoy causa perplejidad y bochorno.
El Gobierno utilizó su mayoría absoluta para forzar la introducción de la “prisión permanente revisable”, un eufemismo que no oculta la voluntad de volver a un trato penal propio de otros tiempos. Es indigno abusar de una mayoría por el hecho de que un Gobierno en dificultades quiera enviar mensajes de autoritarismo y firmeza a electores que se le escapan, y tratar de atemperar a quienes braman por la pena de muerte. El Gobierno ya concibió este proyecto en su primer mandato, pero lo desempolva ahora, en pleno año electoral. Y lo hace pasando por encima de toda la oposición, de las advertencias recibidas desde el Consejo del Poder Judicial, Consejo de Estado y otros órganos, y por más de 60 catedráticos de Derecho Penal. La contumacia del Ejecutivo y del partido que le apoya es en realidad una señal dirigida a los sectores más autoritarios de la opinión pública, que han exigido la reclusión a perpetuidad o el restablecimiento de la pena de muerte.
Elevar las condenas al máximo posible resulta incoherente en un país con una de las tasas de delincuencia más bajas de Europa. Una manifestación de debilidad en un Gobierno que muestras su profundas raíces en una dictadura superada y en una dependencia total de instituciones supranacionales paradigma del capitalismo más salvaje.
Es la primera vez que un solo partido aprueba en solitario una ley tan importante y con un cambio de enfoque penal y de innovación de penas tan notable. Se trata de un paso atrás en el sistema de derechos y libertades pues la reforma del Código de 2010 salió adelante con el voto a favor de todos los grupos y la abstención en el último momento del PP. Esa abstención la motivaron los populares por la no inclusión de la cadena perpetua.
Entre los numerosos críticos está la nueva fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, propuesta por el PP y que en el Congreso explicó que el Código español es de los más duros.
Explican que las condiciones de revisión son tan duras que convierten la etiqueta de prisión permanente revisable en un eufemismo de la cadena perpetua efectiva. «Es permanente, pero no revisable», han asegurado varios portavoces de la oposición.
Es una cadena perpetua que puede vulnerar la Constitución, el principio de seguridad jurídica y los convenios contra tratos inhumanos y degradantes. Por eso estamos en contra diputados, senadores y catedráticos penalistas de 33 universidades públicas de España para quienes la tramitación ha sido un atropello.
El proyecto de Código Penal aprobado incluye una disposición que, por primera vez, obliga al Gobierno a informar cada seis meses al Parlamento de los indultos concedidos y denegados.
“Muerto el Estado social, viva el Estado penal; muerto el consenso social viva el código del PP en precampaña electoral que amordaza la protesta social con el populismo penal de la cadena perpetua”, declaró uno de los líderes de la oposición.
Porque la razón de ser de la privación de libertad no tiene como fin el castigo y demolición del ser humano condenado ni la salvaguardia de la población sino su formación, reflexión y desarrollo de alternativas personales para su reinserción en la sociedad.
José Carlos García Fajardo
Profesor Emérito de la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Director del Centro de Colaboraciones Solidarias (CCS)
Twitter: @GarciafajardoJC
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